
Como dar de alta el suministro eléctrico en mi vivienda
Son muchas las personas que se encuentran ante la situación de tener que dar de alta los suministros básicos de la vivienda y en muchas ocasiones, no se tiene del todo claro cuales son los documentos y la burocracia necesarios para llevar a cabo estos trámites, por lo que en esta entrada, comentaremos los aspectos principales que se deben tener en cuenta a la hora de dar de alta el suministro eléctrico.
El proceso del alta no será siempre igual puesto que dependerá de ciertos factores como si se debe dar de alta la luz por primera vez (al ser vivienda nueva) o si se deben cambiar los titulares de los suministros al ser una vivienda que no es de primera ocupación.
Cómo dar de alta el servicio de luz en una vivienda por primera vez
Esta tarea en los pisos de obra nueva, suele ser labor de la promotora inmobiliaria, quien se encargará de realizar la acometida eléctrica y abonará los derechos de extensión de la vivienda, por lo que los pasos a dar serían los siguientes:
- Comprobar que la vivienda cuenta con la acometida eléctrica.
- Solicitar el alta a la comercializadora con la documentación requerida:
Datos del titular.
Datos bancarios del titular.
Dirección del punto de suministro eléctrico.
Número CUPS, que es el Código Universal del Punto de Suministro.
Potencia a contratar, que se debe elegir en función de las necesidades.
Cédula de habitabilidad del inmueble.
Boletín eléctrico.
- Esperar a que la distribuidora compruebe dicha información.
Como dar de alta la luz en una vivienda que ya ha presentado inquilinos
En los casos en los que la vivienda ya haya presentado ocupantes con anterioridad, es posible que el suministro ya se encuentre activo, por lo que la tarea a realizar sería la de cambiar de titular de los servicios; si por el contrario no hay luz en la vivienda, se debe contactar con la distribuidora de la energía para conocer el estado real de la instalación.
Si el anterior inquilino dio la orden de baja hace menos de tres años, no existe coste a pagar por los derechos de reactivación de la luz.
Los pasos que se deben seguir en estos casos son los siguientes:
- Contactar con la empresa distribuidora para comprobar el estado de la instalación del inmueble.
- Seleccionar la tarifa de luz deseada en función de nuestras necesidades.
- La distribuidora debe verificar la documentación presentada.
- Cuando se da el visto bueno, se reactiva el contador de luz y el suministro estará disponible entre uno y ocho días después.
¿Cuál es el coste de dar de alta el suministro?
El hecho de tramitar el alta conlleva una serie de gastos asociados, se deben pagar los derecho de alta, que se dividen en tres tipos: derechos de extensión, de acceso y de enganche.
El precio de dar de alta la luz tiene unos costes que abonarán todos los usuarios, indiferentemente de su compañía y su tarifa, se desglosa de la siguiente manera:
Derecho de extensión, por cada kilovatio de potencia que se contrata se deben pagar 17,37 euros.
Derecho de acceso, por cada kilovatio contratado se deben abonar 19,70 euros
Derecho de enganche, Se debe pagar la cuantía de 9,04 euros independientemente de la potencia contratada.